¿Qué es el sellof period o periodo de gracia? Normalmente un
contrato de licencia tiene dentro de sus cláusulas un apartado que se llama
sellof period o periodo de gracia que protege al licenciatario en una eventual
rescisión de contrato o termino de relación comercial bajo cualquier
circunstancia.
¿Cómo lo protege? A través del otorgamiento adicional de
días a la vigencia de su contrato para poder deshacerse de la mercancía que le
quede en sus inventarios.
¿Cuándo aplica? Como se mencionó con anterioridad,
normalmente se da en el caso de que una relación comercial este terminando
entre el Licenciante y el licenciatario. Digamos que es el mecanismo a través
del cual su unión comercial se va “diluyendo” es el periodo en el que la
compañía que tiene tu licencia (en el caso de que tu seas un licenciante)
empieza a rematar su producto, teniendo en cuenta que no habrá un nuevo
contrato y que la vigencia del mismo ya está por terminar o terminó.
¿Por qué es importante? Es importante para ambas partes, ya
que para el licenciante existe un tiempo límite después de que termina la
vigencia del contrato para decir que efectivamente el licenciatario ha dejado
de producir, comercializar o tener en sus inventarios artículos con las
imágenes de mi propiedad y del mismo modo implica que puedo obtener un nuevo
compromiso con un tercero que quiera hacer el mismo artículo o uno similar sin
que exista “choque” en el mercado. Para el licenciatario también es importante
ya que le da un tiempo extra para maniobrar y determinar de qué forma podría
“sacar” ese inventario que tiene en sus bodegas.
No obstante lo anterior, existen ocasiones en las que
termina el sellof period y el licenciatario aún no ha logrado vender/desplazar
la mercancía…En este caso, un día después de que termina el periodo de gracia,
dicha mercancía es considerada como apócrifa/ pirata por lo que su
desplazamiento se complica aún más. Normalmente la cláusula de sellof period
estipula que llegado el momento, si el licenciatario aún tiene mercancía con la
imagen de los personajes de la licencia en cuestión, tendrá que hacer una de
las siguientes acciones (a elección del licenciante).
1.-Destruir la mercancía. En este caso se solicita al
licenciatario que se deshaga de la mercancía a través de su destrucción y que
envíe una evidencia gráfica/notarial del evento que garantice que no existe más
mercancía en sus bodegas.
2.-Confiscación de la mercancía. El licenciante confisca la
mercancía al tratarse (en ese momento) de mercancía que no cuenta con el
respaldo del licenciante. Lamentablemente en este caso, no todos los
licenciantes cuentan con un espacio para tener dicha mercancía, un plan para
distribuirla o cualquier otra acción que sea necesaria para no tenerla
almacenada (eso genera costos), por lo que son pocas las ocasiones en las que
esto sucede.
3.-Donacion: El licenciante (dependiendo del artículo)
solicita al licenciatario que done todo su inventario restante a una
institución, organización, etc. Para garantizar que dicho material no estará
comercializándose, pero que tampoco será destruido.
Yo pondría un cuarto, pero no es en serio…No podemos poner a
Waldo’s en el contrato como opción para comprar los inventarios restantes de
todo el mundo. JAJAJA (No obstante que a decir de ellos mismos, es lo que hacen
todo el tiempo).
Finalmente es importante mencionar que la relación de un par
de empresas bajo el modelo del licenciamiento no tendría que llegar a un mal término
sin importar cuál sea el motivo por el que se están “separando” siempre que
exista mucha comunicación y buena voluntad por ambas partes. Es increíble ver
que hay muchos casos en los que se abusa de esta clase de situaciones con la
única finalidad de fregar al otro.
Perdón por la expresión, pero esto es
cierto. Hay muchos casos que se podrían enumerar aquí en los que ya sea el
licenciante o el licenciatario realizaron una acción con la finalidad de
ponerse el pie adelante uno del otro que terminaron ensuciando mucho el proceso
de terminación de la relación comercial y que los deja mal parados ante las
demás licencias/licenciatarios por malas prácticas comerciales o abuso de la
interpretación de cláusulas.
Espero que te haya resultado interesante este post que tiene
que ver con el manejo de una licencia desde adentro... (Así es folks, no todo
es la parte lúdica, esto también tiene su chiste).
Nos leemos pronto.
Antonio Mendoza
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