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Contratos de Cesión de Derechos


Es probable, que si tú estás colaborando por primera vez en el desarrollo de un proyecto creativo relacionado con el Licensing (e incluso con cualquier otra industria creativa) llegue el momento en el que te encuentres con la necesidad de saber si el material con el que estás trabajando es en realidad tuyo, si es original y está libre de problemas… ¡Qué horror! Estar trabajando durante meses en algo de lo que no te has cerciorado si tendrás problemas por la confianza que has tenido con el equipo de trabajo… Y no es un tema menor o poco común, existen cientos y miles de casos en los que alguien está pagando por un logo que es plagio de otro, por un personaje que en realidad ya existe del otro lado del mundo o con alguien que de manera unilateral decidió registrar los derechos autorales o patrimoniales de algo que creo en favor de un tercero sin dejar las reglas claras y termina haciéndose un gran problema.

¿Qué es lo que se debe hacer en estos casos? Siempre que exista una persona en el equipo de trabajo a quien se le está asignando una “Obra por encargo”, tenemos que asegurarnos que efectivamente ambas partes entiendan el significado de lo anterior. ¿Cómo lo podemos explicar más claramente? Puede ser que en algún momento Walt Disney haya encargado a un ilustrador que le dibujara a un “Elefante Orejón” para un proyecto… Y poco a poco, entrega a entrega, llegaron a entregarle al “DUMBO” que hoy conocemos… ¿De quién es el personaje? ¿De la persona que lo dibujó o de la persona que lo encargó? ¿Quién tiene los derechos autorales del personaje? ¿Quién tiene los derechos de explotación de ese personaje? ¡Ahhhh! De eso es justamente de lo que se trata esto…

Como una medida de protección, es importante que los colaboradores de un proyecto, firmen un contrato de Cesión de Derechos, a través del cual renuncian a los derechos patrimoniales del mismo (A ganar dinero por su uso y/o reproducción) a través de un pago único de algo que se entiende como una “Obra por encargo”. Y es que tenemos que ser muy claros al respecto, hay personas que pueden tener toda la visión de crear un imperio de Pizzas (por ejemplo), pero que no tiene la habilidad de dibujar un personaje o mascota que acompañe a su nombre…De este modo, tendría que pedirle a un tercero que me ayude a dibujar a un Emperador Romano llamado Cesar, para mi cadena de pizzerías, sin que eso signifique que cada vez que venda una pizza, tenga que pagarle regalías al creador del personaje que aparece en las cajas de mi negocio.

Por lo anterior y porque he recibido muchos correos solicitándolo, he creado una carpeta de Google Drive, en la que les dejo unos machotes muy sencillos de contratos de Cesión de Derechos con los que su proyecto podría protegerse en este aspecto. Recuerden que siempre es muy importante una asesoría legal profesional, pero en caso de no poder recurrir a ella, esto es mejor que no tener protección alguna.

Los invito a unirse a la carpeta “Licensing Libre” en la que de vez en cuando estaré poniendo documentos de libre acceso para todos aquellos que busquen algo relacionado con la industria del licensing y/o alguna otra industria creativa relacionada.

Link AQUI

Gracias por seguir leyendo el único sitio libre de las Licencias en México. Espero verlos muy pronto y poder seguir discutiendo los temas que nos gustan, nos apasionan y que son muy necesarios pero que pocos están dispuestos a revelar.

Reciban Saludos.

Antonio Mendoza.





Mínimo Garantizado

El principal problema que existe con una propiedad nueva es establecer un Mínimo Garantizado para cerrar deals.

Pero ¿A qué se refiere este término?

Mínimo Garantizado o Minimum Guarantee es la cantidad de dinero que un licenciante o propietario de una licencia, puede pedir a su socio comercial o Licenciatario por “prestarle” su concepto o propiedad. A este concepto también se le conoce como “adelanto de regalías”.

Este concepto normalmente está “amarrado” a las ventas o proyección de ventas de un producto/serie de productos y se establece en el contrato.

Entonces ¿Cuál es el problema para establecerlo? (por las pequeñas propiedades)

Existen por lo menos 2 factores importantes que dificultan el poder establecer este número y que el mismo sea aceptado por los licenciatarios.

1.- No existe un antecedente para poder determinarlo.

Para una propiedad que tiene una lista grande de artículos licenciados, es relativamente sencillo establecerlo, ya que pueden basarse en experiencias anteriores para determinar el valor de uno o varios productos en el mercado en base a comportamientos previos. De esta manera si alguien licenció mochilas (por decir un producto) podría determinar la cantidad de mochilas vendidas en un año y ponerle precio a ese artículo en el mercado, ya que alguien ya llegó a esos niveles antes. Caso contrario para un pequeño emprendedor, ya que no tiene esa experiencia y tendrá que basarse en supuestos y “feeling” para poder establecer una cantidad por otorgar el artículo.

2.- Por falta de confianza en el licenciatario.

Si el propietario de la licencia tiene un número en mente (por ejercicios lógicos comerciales), es común que el licenciante vaya y lo muestre a  su licenciatario, quién podría tirarlo rápidamente aduciendo una serie de condiciones externas de las que no está seguro, tales como la fuerza de la propiedad, el posible comportamiento del producto en el mercado y la inversión que tendría que hacer para colocarlo ahí. Se trata sin duda de objeciones que podrían tener fundamento para aquellos que realizan el producto y un revés efectivo para un licenciante que no podría “defender” sus números en base al comportamiento de una industria determinada.

En ambos casos, al licenciante se ve expuesto a lo que el licenciatario le indique, haciendo que en muchos casos las pretensiones iniciales se vean disminuidas respecto a lo que se creía inicialmente y se termine aceptando un mínimo muy pequeño o en ocasiones se prescinde de el con la finalidad de tener un producto en el mercado y tener exposición de la marca.

La decisión en este caso es sólo del licenciante, quien podrá determinar si cierra el deal con las condiciones solicitadas por los licenciatarios con la finalidad de alcanzar los objetivos de la propiedad y tratar de construir en el transcurso de la vigencia del contrato, una relación comercial sólida que vaya creciendo con el transcurso del tiempo y observando de cerca las operaciones con los artículos licenciados.

 Esto constituye sin duda una de las principales problemáticas de los pequeños Licenciantes de México, ya que al no existir nada escrito, un tabulador o alguna referencia que dé certidumbre a este respecto, tendrán que ir labrando su propio camino en base a las decisiones que se tomen en cada uno de los cierres y tendrán que ir haciendo ajustes en base a lo que les vaya dictando el mercado.

¿Cuál es la diferencia de estos mínimos garantizados respecto a los de las grandes propiedades? Básicamente que los grandes estudios despliegan un aparato mercadológico que está abanderado por un “ancla” fuerte (Una caricatura, una película) que “garantiza” una masa importante de gente expuesta a su propiedad, por lo que establecen un valor mínimo a su programa de licencias, definen las categorías, los productos y en la mayoría de las ocasiones incluso tienen relación con los canales de venta, los que hace que la operación sea un poco más sencilla en términos de poder pronosticar un resultado. Este aparato mercadológico implica que en una fecha límite, los responsables de construir este programa de licencias, tengan NN cantidad de contratos cerrados, con NN cantidad de productos otorgados en NN cantidad de canales. Al hacer lo anterior, los licenciatarios sienten confianza y saben que se sumarán a una iniciativa fuerte que tendrá menos problemas para recuperar la inversión.

El tema para las pequeñas licencias que están tratando de hacer llegar su propiedad al mercado, es que no cuentan con los medios antes descritos, de tal suerte que no pueden garantizar que su propiedad tendrá la fuerza que tiene una iniciativa de las empresas internacionales. Afortunadamente para nosotros, esto no lo es todo en la industria del Licensing, ya que si bien los números son importantes, existen fenómenos o casos de éxito en los que una propiedad que no cuenta con estos recursos triunfa en el  mercado y cohabita en los anaqueles de las principales tiendas de autoservicios, departamentales o especializadas de México. Así que el camino no es fácil y normalmente está acompañado de muchas situaciones que desconocemos o que no alcanzamos a comprender, pero es posible y eso es suficiente para que las iniciativas mexicanas que no tengan miedo de luchar por su “pedacito de pastel” sigan intentando llegar a este complicado mercado que tiene la recompensa de ser un gran negocio y un carácter lúdico como ningún otro.

¡Ánimo! No te desangeles, siempre es posible triunfar en la industria haciendo la tarea que te toca, siendo disciplinado y persistente. Ya queremos que seas un profeta más en tu tierra y ver los estantes rebosantes de productos de tu propiedad.

¿Quieres saber cuál es la fórmula para sacar un mínimo garantizado? En pocas semanas te daremos una guía para que lo hagas sin problema. ¡Atento!

Nos leemos la siguiente semana, en donde seguiremos haciendo posible que cada vez más iniciativas mexicanas se acerquen, conozcan y dominen la industria de las licencias para poder tener más oportunidades de éxito en esta caprichosa pero generosa industria.

Saludos cordiales.
Antonio Mendoza


Convenios Confidencialidad / Non Disclosure Agreements


Hace un par de semanas, alguien me contactó con la necesidad de un Convenio de Confidencialidad o un Non Disclosure Agreement. Es interesante cómo crees no necesitar algo así hasta que llega el momento en el que quieres defender algo. Así que vámonos desde el principio… ¿Qué es un convenio de confidencialidad o Non Disclosure Agreement? (En adelante, un NDA)

Un NDA es el documento a través del cual, tú como dueño de una propiedad o licencia, permites que un tercero se entere de elementos, actividades, cosas de las que normalmente no tendría por qué enterarse y que podrían llegar a constituir para ti una ventaja competitiva o parte importante de tu modelo de negocio. ¿Por qué tendría que enterarse? Porque le estás pidiendo que interactúe contigo en alguna área que implica la producción, comercialización, distribución o cualquier otra actividad relacionada con la gestión de tu propiedad/licencia.

¿Podrías ser más específico? ¡SI claro! Aquí algunos ejemplos…

Si le encargas a alguien que te haga un juego para móviles le vas a dar parte de tu arte, por lo que necesitas hacerle firmar un NDA.

Si le vas a encargar a alguien que te haga folletos, volantes, fact sheets o cualquier otra cosa impresa con personajes de tu propiedad, necesitas darle a firmar un NDA.

Si vas a contratar a alguien que te haga un sitio web con los personajes, necesitas que te firme un NDA.

¿Por qué es tan necesario? Por la sencilla razón que se trata de una propiedad intelectual que tiene la finalidad de constituir una ventaja competitiva respecto a un tercero que no la tenga, por lo que todo lo que tiene que ver con sus imágenes, actividades y operación deberán guardarse con sigilo. Lo que sucede actualmente es que tenemos tantos NDA’s firmados que ya no podemos ni siquiera decir el nombre de ciertos procesos sin creer que estamos cayendo en un delito por el que tendríamos que pagar.

¿Tendríamos que pagar algo? ¡Por supuesto! El ánimo de cualquier NDA considera una penalidad en caso de que las partes firmantes incurran en alguna clase de falta al objeto de dicho contrato.

¿O sea cómo? Es común que por contrato se determinen cosas tales como… La empresa (El licenciante) te va a dar información confidencial o privilegiada  (material, ideas, modelos de negocio, procesos, dibujos, gráficos, archivos, formulas, trabajos experimentales, conocimientos técnicos, reportes, muestras, tangibles o intangibles) que no puedes darle a un tercero y tampoco usar en tu beneficio.

Y luego una lista de supuestos/mandamientos que deberás obedecer…

NO reproducirás el material que te proporcionaremos.

Destruirás cualquier material delante de nosotros y nos darás acceso a tus herramientas de trabajo para garantizar que no tienes nada que nos pertenezca.

Tú y todos tus empleados se sujetarán al tenor de este contrato.

No podrás actuar en mi favor aun cuando veas que alguien me está perjudicando a mí o a mis personajes.

Si ves a alguien perjudicándome o usando mis personajes en demerito de su imagen, me notificarás en un plazo no mayor a 24 horas.

Este contrato entrará en vigor a partir de su firma y hasta 5 años después de la fecha de su vencimiento.

Al final se estipula que en caso de incurrir en cualquiera de los supuestos anteriores (faltas) el firmante tendrá que pagar (aquí hay un rango que va entre) 15,000 USD – 100,000 USD (según sea el nivel de protección de la propiedad en cuestión).

Los NDA’s son muy comunes en la industria de las licencias, ya que un licenciante debe desconfiar de cualquiera de sus proveedores e incluso de sus amigos al momento de “soltar” cualquier manejo de su arte, personajes, etc. Ya que existen cientos de casos documentados de abuso por parte de un tercero al que se “le hizo fácil” tomar la idea prestada y en el pero de los casos ni siquiera cambiar un poco las imágenes, estilos, frases, etc. Dejando un clon en el mercado de una propiedad que no le pertence y a la que le está sacando provecho comercial.

Sabemos que el tema puede sonar bastante agresivo para los contrayentes/firmantes del documento, sin embargo al día de hoy no existe otra forma más común/extendida de proteger la Propiedad Intelectual de una persona/empresa.

En lo particular, nos da mucho gusto saber que empiezas a usarlos, ya que estamos seguros que al hacerlo, estás avanzando de manera correcta a la parte de concretar tus proyectos, lo que solo significa crecimiento o desarrollo de herramientas que te darán más oportunidades dentro de la industria.

Nos leemos la próxima ocasión en la que hablemos de otro tema de esta apasionante industria, esperando que lo escrito anteriormente te sirva de guía en el camino que estás iniciando.

Saludos cordiales.

Antonio Mendoza





¿Por qué necesitamos convenios de confidencialidad?

No son pocas las empresas, pequeñas, medianas, grandes y transnacionales que utilizan el convenio de confidencialidad dentro de los documentos que se tienen que firmar para empezar a colaborar en conjunto, tanto con sus empleados como con sus licenciatarios.

¿Qué es lo que se protege con un convenio de confidencialidad? ¿Por qué todo el mundo está tan preocupado por firmar uno antes de iniciar cualquier relación comercial con un tercero? ¿Qué es lo que no queremos que nos quiten?

Aquí enumeraré algunos supuestos que me parece se acercan al sentir de los propietarios de una licencia, si bien no necesariamente los comparto con ellos...

Supuesto 1 - No quieren soltar a la gallina de los huevos de oro

Leyendo entre líneas, podríamos encontrarnos con noticias del sector, en la que se habla del tamaño de la industria en México, según cifras más o menos confiables y nos hemos dado cuenta que el tamaño del licensing es monstruoso y que el pastel se lo comen sólo unas 20 empresas (90% extranjeras). Por lo anterior, un contrato de licencia, es realmente un documento en el que se establece el pago de entre $5,000 y $100,000 USD por prestar los “monos” de sus propiedades, lo que hace una cifra increíble al año si sacamos el promedio, lo multiplicamos por las propiedades en el mercado y los licenciatarios del país.

¡Wow! ¡Qué nadie se entere! No queremos competencia.

Supuesto 2 – No quieren revelar los “secretos” de sus operaciones

¿Qué podría haber dentro de una estrategia de comercialización de una licencia que no se use en la elaboración de cualquier un plan comercial de una fábrica de calcetines o servicio de limpieza de salas? La respuesta es NADA. Yo no he encontrado ningún elemento que constituya la fórmula secreta de la Coca-Cola, la receta secreta de KFC y/o cualquier otro secreto industrial que se haya guardado para dar una ventaja competitiva a sus propietarios. Llevar una propiedad con un puñado de archivos, un plan comercial regular y unas reglas básicas, no constituye desde mi punto de vista un “secreto” industrial muy diferente al de cualquier otro negocio que se te venga a la cabeza.

Por lo anterior, regreso al supuesto 1, lo que en realidad no quieren que divulgues es que una licencia bien posicionada en el mercado mexicano tiene un valor de $800,000 USD por año, sólo por el concepto de adelanto de regalías o mínimo garantizado que es lo menos que esperan obtener por “prestar” sus personajes por el año en curso.

Supuesto 3 – Su ventaja competitiva está en el arte “que traen”

De acuerdo, el 95% de la ventaja competitiva de una licencia es su arte, sin el una licencia no es nada y de cualquier forma, ese 95% podría convertirse en nada si el consumidor se cansa de los personajes. No habrá nada que “levante” a la propiedad aunque le den vueltas y vueltas a la tuerca, a la formula, a la guía de estilo. ¿Entonces? Concedo esta parte como una de las posibles razones lógicas y reales por las que una propiedad intelectual podría firmar un convenio de confidencialidad con empresas relacionadas, por la importancia que tiene llegar primero y “pegar dos veces”. Esto es lógico y totalmente temporal, ya que una buena empresa de licencias, deberá tener todo el tiempo, una guía de estilo en el mercado, una ya entregada a sus licenciatarios, pero con producto que aún no sale y una guía en desarrollo.

Vamos a pensar que a uno de los propietarios se le ocurre la magnífica idea de hacer una guía de estilo basada en Canguros (por ejemplo) y sus empleados lo saben. Tardará de 4 a 6 meses en desarrollar dicha guía (de acuerdo con el tamaño de su equipo) y si por cualquier razón, uno de los diseñadores/ilustradores de la propiedad se va de la empresa, lo peor que podrían hacer es revelar a la competencia en qué es lo que se está trabajando y “ganarles el mandado”. Por lo anterior reitero, aquí si concedo un pequeño riesgo en la divulgación de dicha información, por un periodo corto de tiempo.

Supuesto 4 – No quieren que les hagas competencia “desleal”

Aunque existen casos de transnacionales que parece que han estado ahí desde hace más tiempo que cualquiera de nosotros y han sabido mantener su negocio boyante durante décadas, hay otras pequeñas empresas mexicanas (o no) que hicieron lo que el burro de la flauta y les fue bien dentro de la industria; Razones pueden haber varias, desde un gran talento, un buen momentum, una buena relación con ciertas personas/empresas, suerte…Puedes enumerar la que quieras. El tema es que recibieron algunas migajas del gran pastel que hemos hablado y están completamente convencidos de que fueron ellos los que inventaron el hilo negro. Conozco casos realmente enfermizos en el tema de la competencia “desleal” en la que los empresarios te hacen un contrato que básicamente te invalida para que ejerzas tu trabajo (cualquiera que sea, creativo o no) dentro de cualquier otra empresa de la industria del licensing y/o empresa de licenciatarios por un plazo de 5 a 10 años después de que termines tu relación con ellos. A mí me parece que cuando tienes que firmarlo no hay muchas opciones para dejar de hacerlo, si estás en una chamba que te gusta/apasiona y erróneamente crees que podrías hacer una carrera dentro de esa propiedad (ojalá todas las propiedades se volvieran clásicas) lo terminas firmando. Si después de la firma duras 3 meses, 1 año, 5 años o el tiempo que sea, automáticamente cuando terminas tu relación laboral con ellos tendrías que evitar recibir ofertas de trabajo (aunque seas bueno en ello) por el contrato que firmaste y en casos más rudos, si una tercera empresa que ha sido licenciatario de la propiedad en la que trabajaste se entera, son tus ex jefes quienes llegan a “sugerirles” a los dueños de la empresa en cuestión que no te contraten porque al hacerlo estarían violando ese contrato, que a todas luces es anticonstitucional y que en la mayoría de los casos no llega a aplicar porque normalmente el contrato de confidencialidad no incluye una suma de dinero por el concepto de guardar la secrecía de lo que sea que quieran ocultar.

Tontamente, estas empresas creen o creen saber en qué consiste el secreto del éxito, cuando ha sido probado una y otra vez que desde la más pequeña, hasta la más grande tienen dentro de su fórmula ingredientes azarosos que ellos no pueden controlar por más que lo deseen. Que tienen elementos claves que no pueden replicar, que por más planeación, por más licenciatarios que se tengan, si la propiedad viene podrida, no va a vender. Entonces, tienden a creer que las cosas que te llevas de la empresa (léase tu talento) les pertenece a ellos y que no puedes ir a vendérselo a un tercero por ser una práctica desleal. ¡Nada más absurdo y más tonto! Existen en México cientos de iniciativas de ex - Nombre_de_Licencia que no han podido hacer nada después de haber abandonado la licencia para la que trabajaban, por más que se trate de personas talentosas.

Por ahora, no ahondare en otros supuestos, pues lo que menciono con anterioridad han sido suficientes para cubrir este espacio por esta semana, pero posteriormente retomaremos el tema para seguir ejemplificando como los empresarios triunfantes dentro de la industria, están muy contentos con la idea de que los pequeños no puedan compartir la mesa con ellos y se conformen con pequeñas migajas que a ellos se les caen de la mesa.

Nos leemos en la próxima oportunidad; no olviden descargar el convenio de confidencialidad de este blog y firmarlo para que puedan seguir leyendo lo que tenemos para ti cada semana…Ahhh y pobre de aquel que se vaya a ver las noticias de la PROMARCA, porque ya no podrá entrar aquí de nuevo y lo que es más, lo perseguiremos y le quitaremos su computadora por violar nuestro acuerdo… A ver si así aprenden.

Saludos confidenciales.


Antonio Mendoza. 

Enmiendas o convenios modificatorios


En la gestión de una propiedad intelectual, en la ejecución de un programa de licencias y aun en el caso de que seas la persona más escrupulosa y cuidadosa de los detalles en tu trabajo, no podrás evitar el tema de los convenios modificatorios o las enmiendas a los contratos.

¿De qué se trata esto? De los cambios que tienes que hacer al contrato de licencias original, por múltiples razones.

Imagina que firmaste un contrato por un año en Noviembre del 2012, con un productor de peluches y que te ha dicho que sacará el producto al mercado en Febrero del 2013 (para el día del amor y la amistad) pero resulta que por causas (comprobables) ajenas a él, al final no lo logró sacar en ese momento y te ha solicitado que le cambies la fecha para Abril del 2013 y que ya encarrerados le extiendas la vigencia del contrato por ese par de meses que no ha podido vender el producto. ¿Qué harías en ese caso?

  1. ¿Dejarlo volando después de haber perdido la mejor temporada del año y quedarte sólo con lo que aparezca en el contrato por concepto de mínimo garantizado a sabiendas que no llegará a la proyección que te pasó al inicio de la negociación y que el producto no estará en el mercado como lo pensaste originalmente?
  2.  ¿Apoyarlo en el asunto y confiar en que con tu ayuda, podrán enderezar el rumbo y con suerte recibas más por concepto de regalías que por el adelanto de las mismas?


La respuesta “normal” es la 2, salvo que seas un estudio internacional con más amor por los dólares que por un programa de licencias que le dé a ganar a todos los partners. Es justo en esa clase de casos, en los que una enmienda al contrato es la opción natural para apoyar a tu socio comercial.

OJO, no se trata de que el cliente no cumpla 9 de 10 compromisos que aparezcan en el contrato y que quiera postergarlos o estar haciendo enmienda tras enmienda para terminar por convertirse en un muy mal cliente que solo te quiera ver la cara, pero para eso existe el criterio, la afinación de la mira en base a las experiencias adquiridas o por aprender de los consejos de los expertos (o sea, leer este blog J).

Hay que estar muy claros en que nadie tiene asegurado su negocio y que es el licenciatario el que está invirtiendo dinero en tu propiedad, por lo que siempre hay que tener esa disposición a ayudarlo a que se den las cosas a través de tu involucramiento como parte  fundamental para que se den las operaciones que todos estamos esperando.

Una vez sensibilizados acerca de lo anterior, hay que mencionar que no todas las enmiendas son malas o gratuitas. También las hay para agregar nuevos productos, nuevos canales o nuevos territorios a un contrato existente, cosa que normalmente sucede si a tu licenciatario le está yendo bien con tu propiedad.
No faltará aquel que quiera hacer pruebas de mercado, experimentos o cualquier otra clase de comercialización no tradicional que te mueva un poco el tapete y te pida cosas disparatadas que puedas creer que le “abrirán puertas” para robarte, pero parte del negocio también tiene que ver con la confianza en tu socio comercial, así que no te pongas difícil y otórgale los permisos necesarios para que realice dichos reconocimientos, finalmente lo peor que puede pasar es que no le renueves el contrato la siguiente ocasión ya que determines a través de tu auditor que te jugó chueco, cosa que quedará en su conciencia y no en la tuya… ¡Arriesga! Quien quita y descubres que tu propiedad funciona en nuevos territorios y tú jamás te diste cuenta de eso.

¡Entérate! Los convenios modificatorios son un asunto con el que tendrás que tratar si tienes una propiedad exitosa, porque de otra forma, sencillamente no habrá contrato alguno que modificar. J
Mucho éxito en este 2Q que va iniciando, deseo sinceramente que los licenciatarios estén receptivos a tu propiedad y que vean todas las bondades, empuje y buena vibra que le estas metiendo para que funcione.
Eso es todo por hoy, pero recuerda que cada miércoles tenemos una entrada nueva, asi que no te olvides de regresar y leer este blog, que se precia de ser el único que habla de la industria del Licensing en México desde el 2009.

Si quieres escribirnos, solo tienes que poner info@licensingmx.com o licensingmx@gmail.com en el apartado de PARA: de tu proveedor de correo y recibiremos tus solicitudes, dudas, comentarios, invitaciones a eventos, conferencias, platicas, quejas y chayotes para hablar bien de tu propiedad J

Estamos en contacto.

¡Saludos!

Antonio Mendoza.

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